Madrid abre sus calles a los coches históricos

Como en otras capitales europeas, los coches más veteranos podrán circular por el centro de ‘la villa y corte’

La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible impulsada por el Ayuntamiento de la capital contempla la protección de los vehículos históricos en Madrid y los equipara al trato que ya reciben en otras grandes capitales de nuestro entorno. La medida impulsada por el equipo de Martínez-Almeida sustituirá al controvertido ‘Madrid Central’, el plan tumbado por la Justicia y que promovió el anterior equipo de gobierno.

vehículos históricos en Madrid coches clasicos

De este modo, se regula la circulación y estacionamiento de los vehículos considerados de históricos de manera separada al resto de vehículos con distintivo ambiental A, o sin etiqueta, con las particularidades siguientes:

Matriculados como Vehículos Históricos

Todos los coches deben estar matriculados como Vehículos Históricos, VH, y portar la matrícula “H”. Si bien, y como es bien conocido por los aficionados, es completamente legal y recomendable desde un punto de vista estético e histórico, lamentablemente los sistemas de control de la circulación por cámaras no reconocen en las matrículas ordinarias dicha particularidad. Por tanto, y para evitar sanciones y los correspondientes recursos es recomendable utilizar la matrícula H (tipos de matrículas aceptadas en españa) al circular por el término municipal de Madrid.

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Circulación

Todos los vehículos y motocicletas Históricos pueden y podrán circular por todo el término municipal, siempre que no haya restricciones excepcionales, indefinidamente, incluido el acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro (antiguo Madrid Central, ahora ampliado) con sus particularidades.

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Estacionamiento Distrito Centro

Todos vehículos históricos en Madrid de más de cincuenta años podrán aparcar en superficie y en aparcamiento de uso público o privado o reserva de estacionamiento únicamente en Distrito Centro.

Madrid Central Desaparece

Los vehículos históricos de menos de cincuenta podrán estacionar en un aparcamiento de uso público o privado o reserva de estacionamiento.

Resto del término municipal

Todos los vehículos y motos históricas podrán aparcar en aparcamiento de uso público o privado o reserva de estacionamiento, pero no en superficie.

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