Modificaciones en el reglamento de circulación

En ciudad de 30 a 20 km/h, la mitad de los puntos por conducir usando el móvil y siempre a la velocidad máxima, sin excusas

El Gobierno acaba de aprobar un anteproyecto de ley para la modificación del Reglamento General de Conductores y ha aprobado un Real Decreto que modifica Reglamento General Circulación y el General de Vehículos.

Los Reales Decretos  de circulación aprobados contemplan reducir la velocidad máxima a 30 km/h en zonas urbanas cuyas vías sean de un solo carril por cada sentido de la marcha y a 20 km/h cuando no exista una diferencia clara entre acera y calzada. La limitación actual de 50 km/h solo se mantendría en las vías de dos carriles por sentido.

Esta limitación se deja se deja en manos de los ayuntamientos, para que adecuen la normativa como consideren en cada caso y dan margen para poder hacer los cambios de señalización necesaria, pero a efecto entrará en vigor dentro de seis meses.

Los adelantamientos sin margen de velocidad

una modificación del Reglamento de Circulación

Otro aspecto que se quiere eliminar es la posibilidad de superar la velocidad máxima cuando se esté adelantando. De esta forma, tanto para turismos como para las motocicletas, quedará anulado el margen de exceso de 20 km/h actual en las maniobras de adelantamiento y en ningún caso se podrá superar la velocidad máxima de la vía.

En este caso es necesario que esta modificación se apruebe en el Congreso y en el Senado para después ser publicado en el BOE, todo esto se estima que tarde alrededor de seis meses.

Detector de radares out y seis puntos por usar el móvil modo coche

También se prohibirá definitivamente tener montado en el vehículo un detector de radares (hasta ahora solo se multaba su uso) con sanciones de 500 euros y tres puntos del carnet.

Por otro lado, se endurecerá el reglamento por puntos, concretamente en cuanto a la utilización del teléfono móvil durante la conducción. En este caso se pasarían de los cuatro puntos actuales a una retirada de seis.

También se aumentará de tres a cuatro puntos de retirada a aquellos conductores o pasajeros que viajen sin cinturón o sin los sistemas de retención infantil adecuado.

De igual forma, a los motoristas les caerían cuatro puntos de retirada en el caso de circular sin casco o uno sin la homologación adecuada.

Además, si se aprueba dicha normativa, que igualmente ha de pasar por el Congreso y el Senado, la recuperación de puntos nunca podrá ser en un periodo inferior a dos años sin cometer infracciones o mediante los clásicos cursos de recuperación de puntos, donde solo se recuperarán dos.

Como nota, también destacar que esta misma modificación del Reglamento de Circulación va a prohibir la circulación de los patinetes motorizados, por la acera junto a los peatones, por lo que deberán circular por la calzada respetando las normas de circulación como el resto de vehículos. La normativa también contempla que dichos usuarios se tendrán que sacar un certificado que acredite los conocimientos básicos necesarios, aunque en ningún momento hablan de la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad.

una modificación del Reglamento de Circulación

 

 

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