Las nuevas normas de tráfico 2021

Las cuatro normas de tráfico que entran en vigor el 1 de enero

Cuando acaben de sonar las doce campanadas y entremos en el 2021 entraran una serie de normativas de tráfico que buscan un mayor castigo hacia los imprudentes.

Anunciadas el pasado mes de noviembre, la DGT activará el uno de enero una serie de normativa que buscan ante todo reducir el numero de muertos en carretera, aunque otras son más coactivas hacia los conductores.

El móvil, ni en la mano

La primera de ellas es una normativa para reducir el riesgo del uso del móvil al volante y es que desd e este 2021se aumenta la penalización de su uso con 500 euros de multa y nada más y nada menos que seis puntos del carnet de conducir.

Movil

Cabe destacar que la multa se puede imponer tanto a aquellos a los que atrapen usándolo en marcha, como a cualquier usuario que simplemente sujete el móvil con la mano.

Atados, pero también bien atados

La segunda normativa que entra en vigor va relacionada con el uso del cinturón de seguridad. Mas bien, el no usar este sistema de retención o hacerlo de forma incorrecta ya sea del vehículo, como no utilizar debidamente los de las sillas infantiles homologadas.

Cinturon

Ahora la cuantía de la sanción pasa ser de 200 euros, más la perdida de cuatro puntos del carnet en vez de los tres actuales.

Se acabó la excusa del adelantamiento

El tercer punto tiene que ver con el cambio de normativa de las velocidades máximas permitidas. Hasta el 2020 se podía rebasar la velocidad máxima permitida de las vías rápidas solo cuando se procedía a un adelantamiento, con un máximo permitido de 20 km/h.

adel

Pues bien, a partir del uno de enero esta exención desaparece y establece que la velocidad máxima de la vía es el límite permitido, adelantando o no. De esta forma se pretende reducir la posibilidad de adelantamientos innecesarios y con ello reducir el riesgo inherente en este tipo de maniobras.

Detectores ni en pintura

El cuarto punto está más encaminado hacia los usuarios que hacían uso de elementos activos para eludir los controles de radar. Por ello, ahora se prohíbe expresamente el llevar a bordo un detector o inhibidor de radares, esté en uso o no.

radar

Hasta la fecha la DGT tenía que mostrar que se estaba haciendo uso de estos elementos, pero ahora, con las nuevas normativas de tráfico, este margen legal queda anulado con el simple hecho de tener uno en posesión mientras se circula. La sanción son 200 euros y tres puntos del carné.

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